DIR. PROV. DE RECURSOS HIDRICOS

Antecedentes

          La provincia de Jujuy en el año 1950, sanciona  la Ley N° 161 "Código de Aguas", estableciendo un marco legal y organizativo para la gestión integral de sus recursos hídricos, abordando aspectos como la regulación del uso del agua, la conservación de los recursos, y la supervisión de las aguas superficiales y subterráneas. En su Articulo 81° indica que se crea la Autoridad de Aplicación y que será una entidad autárquica con domicilio en la Capital de la Provincia de Jujuy, 

          Por Ley N° 3127 del año 1974 entre otras direcciones, crea la Dirección Provincial de Hidráulica (DPH) y la Dirección Provincial de Irrigación (DPI). La Ley Nº 3807 sancionada el 31 de agosto de 1981 establece a la Dirección de Hidráulica de Jujuy (DHJ) como organismo descentralizado, con autarquía en su gobierno administrativo, económico y financiero y como continuadora de la Dirección Provincial de Hidráulica creada por Ley Nº 3127/74.  

          Posteriormente, la Constitución de la Provincia de Jujuy (1986) en su Artículo 75 "Regimen de las Aguas" reafirma el concepto que corresponde a la Provincia reglar el uso y aprovechamiento de todas las aguas de su dominio y de las privadas y que todos los asuntos que se refieran al uso de las aguas superficiales o subterráneas estarán a cargo de un organismo descentralizado.   

          El Decreto Provincial Nº 1842/96, reestructura la Dirección de Hidráulica de Jujuy (DHJ) como Dirección Provincial de Recursos Hídricos de Jujuy (DPRH) que es un organismo descentralizado, dependiente del Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos, vinculándose institucionalmente con el Ministerio a través de la Secretaria de Infraestructura y a los fines de una gestión integral del recurso nos vinculamos con otras instituciones del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda; del Ministerio de la Producción y del Ministerio de Ambiente, entre otros. El organismo está a cargo de un Director y un Subdirector, designados por el Poder Ejecutivo.

               En el año 2023, se reforma la Constitución de la Provincia de Jujuy y en el Artículo 95.- RÉGIMEN DE LAS AGUAS se incorporan nuevos conceptos indicando que corresponde a la Provincia regular el uso y aprovechamiento de todas las aguas de su territorio, conforme los principios de sostenibilidad, sustentabilidad y preservación del ambiente.


La Gestión del Recurso

En la provincia de Jujuy, el organismo competente en la gestión integrada de los recursos hídricos es la DPRH, integra políticas, estrategias, medidas de mitigación y adaptación ejecutando anualmente el Plan Hídrico Provincial (PHP)  que se elabora en base al diagnóstico del estado de las cuencas y subcuencas producto del relevamiento en territorio y de las conclusiones y recomendaciones obtenidas de las Mesas del Agua.

Se aplica el principio de Gestion Integrada de los Recursos Hídricos desde un enfoque participativo, por ello, el instrumento de participación colectiva implementado para la gobernanza del agua es la "Mesa del Agua", en ellas se genera un intercambio de opiniones y experiencias entre diversos actores, se tratan distintas problemáticas relacionadas con el recurso hídrico en un área específica, se desarrollan y analizan diferentes acciones definiendo su prioridad, implementación y seguimiento. 

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